jueves, 30 de marzo de 2017

Ciclo de complementación de grado (licenciatura).


Estimad@s Colegas:

Como lo  explicitamos  siempre desde los discursos  y actos de gestión, uno de los ejes rectores de esta Comisión Distrital, es  contribuir a la capacitación  y formación constante   del colectivo profesional que constituye el Distrito Bahía Blanca.
Desde el comienzo de nuestra gestión hemos  recibido  de parte de muchos de ustedes, innumerables   consultas sobre  posibilidades  de  implementación de  ciclos de licenciatura   que complementen la tecnicatura en  Trabajo Social que poseen.
En este Distrito   tenemos la particularidad de contar con cinco   Institutos de Formación Técnica,  en  donde se dicta la Carrera de Trabajador Social: Carmen de Patagones, Punta Alta,  Coronel Suárez  y Tres Arroyos (gestión Estatal), Bahía Blanca y  Pigüe (Gestión Privada).
Por tal razón   deseamos  realizar  un  estudio  exploratorio  que permita  establecer   la cantidad   de profesionales que  no poseen  titulo de grado universitario y que estén interesados en lograrlo.

El conocimiento  sobre el estado de la cuestión,  nos permitirá articular  estrategias, para analizar si es factible la realización de este ciclo  de complementación de grado (licenciatura).

Para finalizar, y con el objetivo de poder contar con la real demanda de los interesados en realizar este complemento académico, deberán remitir  un mail a este Colegio.


Consignando en el asunto:
“LICENCIATURA”

Y en el texto los siguientes datos personales:

Nombre y apellido
Nº de documento
Localidad de residencia.
Teléfono
Título habilitante

Quedamos a disposición  de cualquier consulta al respecto.
Les enviamos un cordial saludo.

Comisión Directiva 

martes, 28 de marzo de 2017

Designación de Trabajadores Sociales sin matricula.


Colegas:
A partir de la cantidad de los planteos que hemos recibido en esta Comisión Distrital, relacionadas con la designación de Trabajadores Sociales sin la correspondiente matricula profesional, como Orientadores Escolares dentro de la Dirección General de Cultura y Educación, hemos remitido a cada Secretaria de Asuntos Docentes el marco normativo por el cual, se establece que todo profesional del Trabajo Social, debe estar debidamente matriculado porque caso contrario se considera ejercicio ilegal de la profesión.
Luego de esta medida, en muchos de las localidades la situación no se modifico. Por tal razón se continuará trabajando con las S.A.D en la posibilidad de revertir la situación y se pone a disposición de ustedes la normativa que les permitirá ejercer su derecho a impugnar el acto de designación.
Quedamos a su disposición, y ante cualquier duda les pedimos ponerse en contacto con nosotros.

Comisión de Asuntos Laborales



Es importante conocer que según el Artículo 247 del Código Penal de la Nación Argentina, constituye ejercicio ilegal la realización de “actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente”


También está el fallo de la Suprema Corte Provincial, del año 2008.

Que dice en resumen la sentencia del fallo de la Suprema Corte ?




Dada toda esta información (que como mencionáramos al principio, fue remitida a las SAD del distrito) es que queremos dejarles las siguientes pautas para accionar en caso de presenciar o participar de un acto de designación en funciones de personas carentes de título habilitante o con título sin incumbencia, o sin matriculación.

ACCIONES de IMPUGNACIÓN de ACTOS PÚBLICOS


Con el fin de asesorar sobre las acciones a seguir en relación al logro del efectivo el cumplimiento del Fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires respecto de la obligatoriedad de contar con Matrícula habilitante para ejercer como Orientador Social en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación PBA.


a) Solicitar se deje constancia en el acta respectiva que (nombre de la matriculada) impugna expresamente la designación de (datos personales de quien quiere acceder al cargo) por...... (explicitar las causas: No contar con título habilitante, no contar con matricula profesional, no encontrarse en pleno ejercicio de la profesión por deuda). Solicitar se proceda inmediatamente a la designación quien corresponda reglamentariamente en su reemplazo (orden de la lista, etc.) y que además cumpla con todos los requisitos legales, bajo apercibimiento de denuncia por ejercicio ilegal de la profesión y responsabilidades administrativas, civiles y penales (partícipes necesarios en la designación para ejercicio ilegal) de los funcionarios intervinientes.

b) Solicitar copia certificada de la misma acta, para remitir al Colegio Provincial y/o a la Justicia ordinaria.

c) De no admitirle consignar esta impugnación en el acta o admitida y no entregar copia, recurrir a testigos del Acto Público que puedan acompañar posteriores acciones. 

d) Informar vía correo electrónico con copia de Acta de Impugnación al Colegio Distrital dentro de las 24 hs. siguientes.

Pronunciamiento respecto de las políticas sanitarias nacional y provincial


Pronunciamiento elaborado por el Consejo Superior en su pasada sesión del 18 de Marzo de 2017, respecto de las políticas sanitarias nacional y provincial.

PRONUNCIAMIENTO