martes, 28 de marzo de 2017

Designación de Trabajadores Sociales sin matricula.


Colegas:
A partir de la cantidad de los planteos que hemos recibido en esta Comisión Distrital, relacionadas con la designación de Trabajadores Sociales sin la correspondiente matricula profesional, como Orientadores Escolares dentro de la Dirección General de Cultura y Educación, hemos remitido a cada Secretaria de Asuntos Docentes el marco normativo por el cual, se establece que todo profesional del Trabajo Social, debe estar debidamente matriculado porque caso contrario se considera ejercicio ilegal de la profesión.
Luego de esta medida, en muchos de las localidades la situación no se modifico. Por tal razón se continuará trabajando con las S.A.D en la posibilidad de revertir la situación y se pone a disposición de ustedes la normativa que les permitirá ejercer su derecho a impugnar el acto de designación.
Quedamos a su disposición, y ante cualquier duda les pedimos ponerse en contacto con nosotros.

Comisión de Asuntos Laborales



Es importante conocer que según el Artículo 247 del Código Penal de la Nación Argentina, constituye ejercicio ilegal la realización de “actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente”


También está el fallo de la Suprema Corte Provincial, del año 2008.

Que dice en resumen la sentencia del fallo de la Suprema Corte ?




Dada toda esta información (que como mencionáramos al principio, fue remitida a las SAD del distrito) es que queremos dejarles las siguientes pautas para accionar en caso de presenciar o participar de un acto de designación en funciones de personas carentes de título habilitante o con título sin incumbencia, o sin matriculación.

ACCIONES de IMPUGNACIÓN de ACTOS PÚBLICOS


Con el fin de asesorar sobre las acciones a seguir en relación al logro del efectivo el cumplimiento del Fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires respecto de la obligatoriedad de contar con Matrícula habilitante para ejercer como Orientador Social en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación PBA.


a) Solicitar se deje constancia en el acta respectiva que (nombre de la matriculada) impugna expresamente la designación de (datos personales de quien quiere acceder al cargo) por...... (explicitar las causas: No contar con título habilitante, no contar con matricula profesional, no encontrarse en pleno ejercicio de la profesión por deuda). Solicitar se proceda inmediatamente a la designación quien corresponda reglamentariamente en su reemplazo (orden de la lista, etc.) y que además cumpla con todos los requisitos legales, bajo apercibimiento de denuncia por ejercicio ilegal de la profesión y responsabilidades administrativas, civiles y penales (partícipes necesarios en la designación para ejercicio ilegal) de los funcionarios intervinientes.

b) Solicitar copia certificada de la misma acta, para remitir al Colegio Provincial y/o a la Justicia ordinaria.

c) De no admitirle consignar esta impugnación en el acta o admitida y no entregar copia, recurrir a testigos del Acto Público que puedan acompañar posteriores acciones. 

d) Informar vía correo electrónico con copia de Acta de Impugnación al Colegio Distrital dentro de las 24 hs. siguientes.

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